Preguntas Frecuentes

1.

¿Me puedo quitar a los cobradores de encima a través de la quiebra?

La Ley de Quiebra ofrece una paralización automática que detiene temporalmente todas las acciones de cobro, incluidos embargos, demandas y llamadas de cobradores, proporcionándote un respiro para que puedas reorganizar tus finanzas.

2.

¿Por cuánto tiempo queda afectado mi crédito luego de una radicación de petición de quiebra?

Bajo el Capítulo 7, la radicación de quiebra permanece en tu informe de crédito durante diez (10) años. Bajo el Capítulo 13, la radicación de quiebra permanece en el informe de crédito durante siete (7) años.

Sin embargo, esto no significa que no puedas acceder a un préstamo durante ese tiempo, ni que tengas que esperar ese término para restaurar tu crédito. Lo que significa es que cada vez que solicitas un crédito, saldrá en el reporte de crédito que radicaste una petición de quiebra. 

El impacto de ambos tipos de quiebra en tu informe de crédito disminuirá con el tiempo. Si practicas buenos hábitos crediticios, podrás ver cómo el puntuaje de crédito se recupera más rápido.

3.

¿Qué sucede luego de finalizar mi proceso de quiebra, ya sea un Capítulo 7 o Capitulo 13?

Luego que finalices el proceso de quiebra, ya sea por haber cumplido con todos los requisitos del Capitulo 7, o con un plan de pago bajo el Capitulo 13, vas a recibir una orden de descargo. Esto se traduce en que un cobrador o acreedor no puede volver a cobrarte esas deudas y ya no tienes la responabilidad de pagarlas; la deuda quedó descargada y puedes comenzar a reconstruir una vida financiera nuevamente, sin deudas. 

4.

¿Puedo incluir deudas con el agua y la luz en la petición de quiebra?

Sí. Se pueden incluir deudas con el agua y/o la luz siempre que sean antes de radicar la petición de quiebra. 

5.

¿Y las multas de tránsito?

Sí. También se pueden incluir las multas de tránsito recibidas antes de la radicación de la petición de quiebra. 

6.

¿Cuánto tiempo dura el proceso de quiebra?

Para el Capítulo 7, la mayoría de los casos tarda un promedio entre cuatro (4) y seis (6) meses en completarse, desde la radicación de la petición de quiebra hasta recibir la orden de descargo (discharge).

En el Capítulo 13, el proceso puede durar entre tres (3) y cinco (5) años para completarse, dependiendo del plan de pago aprobado.

7.

¿Qué deudas no son descargables en una petición de quiebra?

Deudas de pensión alimenticia, prestamos estudiantiles y deudas de retiro. Las deudas de gobierno (Departamento de Hacienda, IRS) se pueden incluir, por lo general, cuando comprenden los tres (3) años previos a la radicación de la petición de quiebra.